¿Qué se entiende por reingreso?
El término reingreso hace referencia a aquel alumnado que durante un período ha interrumpido sus enseñanzas musicales y desea ahora retomarla para continuar con las mismas. Es aplicable tanto en las Enseñanzas Básicas como en las Profesionales.
Además del alumnado cuya matrícula en el curso anterior no se haya formalizado, estarán en la misma situación aquellos cuya matrícula se haya anulado o sea no efectiva por falta de pago.
¿Hay que solicitarlo?
Sí. En todos los casos, el alumnado que se encuentre en esta situación tendrá que presentar la correspondiente solicitud de admisión durante el mes de abril.
¿Cuáles son las condiciones para el reingreso?
Las condiciones dependen de la duración del período en el que el alumnado ha permanecido «desvinculado» del centro.
- Durante un sólo curso escolar
El alumnado podrá solicitar reingresar en el curso y especialidad que le corresponda (en el mismo centro o en otro).
En este caso, si el número total de solicitudes de admisión en la especialidad o instrumento y curso correspondiente es inferior a las plazas escolares vacantes, el alumnado será admitido sin más requisitos. En caso contrario, deberá superar la correspondiente prueba al igual que el resto de aspirantes.
- Durante más de un curso escolar
El alumnado podrá solicitar admisión en el mismo o superior curso al que le corresponde matricularse, en el mismo u otro centro y en la misma u otra especialidad o materia instrumental, mediante diferentes opciones excluyentes entre sí:
- Primer curso de las Enseñanzas Básicas (Pruebas de acceso a 1º curso EEBM).
- Primer curso de las Enseñanzas Profesionales (Pruebas de acceso a 1º curso EEPM)
- Cursos distintos de primero de Enseñanzas Básicas (Pruebas de acceso a distinto curso EEBM).
- Cursos distintos de primero de Enseñanzas Profesionales (Pruebas de acceso a distinto curso EEPM).
- Segunda especialidad/cambio de segunda especialidad.